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Resuelve todas tus dudas sobre el sistema de portabilidad numérica

La Portabilidad Numérica es el derecho que tiene el usuario de conservar su número al cambiar de Operador de Servicio de Telefonía Móvil. 

Puede solicitar la Portabilidad Numérica el titular de un servicio de telefonía móvil postpago o prepago nominado o la persona debidamente autorizada por éste. 

Se debe iniciar el trámite para solicitar la portación en el Operador al cual desea portarse. El trámite se puede realizar de manera presencial o a través de los canales disponibles para cada Operador (web, teléfono, aplicación). Le sugerimos informarse a través del Portal del Operador.

Para realizar el trámite, se deberá completar y firmar una Solicitud de Portación.

En caso de tener varios números a portar en forma simultánea (mínimo de 5 y máximo de 100 y que no incluya más de 3 prepagos) deberá completar una Solicitud de Portación Múltiple para el grupo.

Recibirá en su terminal el Número de Identificación Personal (NIP) de Confirmación a través de un SMS o por una llamada telefónica. Debe comunicar el NIP recibido al Operador Receptor (Operador hacia el cuál desea portar su número).

Con la firma de la Solicitud de Portación manifiesta su consentimiento de terminar el contrato, en caso de corresponder, y desactivar su servicio en la red del Operador Donante, únicamente del servicio cuya prestación requiere del número telefónico a ser portado, y activar el servicio (modalidad prepago o postpago) con el nuevo Operador manteniendo el número telefónico y a partir de la fecha y rango horario en que se haga efectivo el Proceso de Portación.

Deberá ingresar en www.portabilidad.uy con su número telefónico y el NIP para informarse de su solicitud. 

Será de tres (3) días hábiles contados  desde que se genera y durante esos días solamente podrá ser utilizado con el Operador que gestionó su solicitud. Finalizado el plazo, el NIP no validará la Solicitud de Portación, y se deberá realizar una nueva Solicitud a través del Operador hacia el cuál desea portar su número.

Actualmente, los Operadores de Servicios de Telefonía Móvil no cobran a los usuarios por el servicio de Portabilidad Numérica. Sin embargo, de acuerdo al Reglamento de Portabilidad Numérica será facultad de cada Operador poder cobrar un precio que corresponda a los costos de operación y administración derivados del Proceso de Portación. En tal caso, la URSEC podrá fijar el precio máximo a efectos que el mismo sea razonable.

En caso de que la solicitud de portación sea aprobada, el Proceso de Portación (cambio de Operador) debería concretarse en un máximo de tres (3) días hábiles a partir del día siguiente   a que ésta fue solicitada con formulario firmado, en la medida que exista cupo diario disponible en la Ventana de Cambio.

Se consideran hábiles el período comprendido entre los días lunes a viernes de 10:00 am a 05:00 pm (UTC-3) excepto los días feriados.

Es el período durante el cual se desactiva el servicio en el Operador Donante (Operador desde el cual es portado un número y se activa en el Operador Receptor (Operador hacia el cuál desea portar su número). 

Sólo en el momento de la ejecución del cambio de Operador entre la hora 00:00 y la hora 06:00, puede tener algún tiempo sin servicio.

Para poder utilizar el servicio en el nuevo Operador deberá cambiar en su terminal la SIM en el rango horario que le indique el referido Operador.

Las características de tu terminal deben ser compatibles con la red del Operador Receptor.

Su nuevo Operador le informará a través de un SMS cuando la activación del servicio se haya realizado. 

Puede cambiarse de Operador hasta tres (3) veces por año calendario. El mínimo de tiempo entre dos portaciones es de 30 días calendario. 

Este saldo no se puede traspasar al nuevo Operador, sin embargo, se podrá utilizar entre el momento en que se solicita el cambio al nuevo Operador y cuando se haga efectiva la portación.

  • Se superó en el año calendario la cantidad máxima de tres (3) portaciones autorizadas.
  • No ha transcurrido 30 días calendario desde la última portación.
  • La información recibida es incompleta o incorrecta.
  • Está reportado como extraviado, robado o hurtado ante el Operador Donante.
  • Está suspendido por falta de pago, se ha terminado el contrato por esta causa, o se mantiene alguna deuda con el Operador Donante (Operador actual desde el cual es portado un número). En caso de duda consulte al referido Operador.
  • No está asignado o fue dado de baja.  
  • Ha sido desactivado por fraude, uso ilegal o antirreglamentario. 

No. Sin embargo, podrá solicitar regresar al Operador Donante en los siguientes casos: 

  • Si fue portado sin su consentimiento. Deberá presentar el reclamo y completar y firmar una Solicitud en el Operador Donante en un plazo máximo de quince (15) días hábiles luego de la portación. 
  • Si contrató los servicios por canales no presenciales, se puede amparar en la Ley de Defensa al Consumidor (artículo 16 de la Ley N° 17.250 Relaciones de Consumo). Deberá presentar el reclamo en forma presencial, completando y firmando una Solicitud en el Operador Receptor en un plazo máximo de cinco (5) días hábiles contados desde la formalización del contrato. 

Se podrá consultar el Operador que presta servicios a un número, en  www.portabilidad.uy o en los canales habilitados de los Operadores para solicitar la Portabilidad Numérica.  

Cada Operador móvil tiene sus canales de atención comercial donde se pueden dirigir las consultas:

Antel – 0800-6611

Claro – 0800-1-611

Movistar – 095702611

En caso de no obtener una respuesta satisfactoria de parte de los operadores involucrados, podrán dirigir sus consultas a la Unidad Reguladora de Servicios de Comunicaciones (URSEC) vía correo electrónico a portabilidad@ursec.gub.uy incluyendo: Nombre completo, documento de identidad y número de servicio móvil junto con una breve descripción de la situación, o a la dirección AV. Uruguay 988 Montevideo - República Oriental del Uruguay.

Los datos suministrados tendrán un tratamiento de conformidad con la normativa vigente, Ley N° 18.331 sobre Protección de Datos Personales de 11 de agosto de 2008, modificativas, concordantes y complementarias. 

La Unidad Reguladora de Servicios de Comunicaciones (URSEC) dispone de un trámite en línea  Reclamo de los consumidores de servicios de telecomunicaciones y postales para que cada usuario pueda formular directamente sus reclamos con relación a los Operadores. Acceso Directo al Portal de Reclamos.